¿Cómo puedo presentar una demanda por discriminación religiosa contra mi empleador?
La religión es algo muy personal para muchas personas de diferentes religiones. Su creencia está protegida por la ley y es algo por lo que no pueden afrontar consecuencias en el trabajo. Si cree que ha sido discriminado por la religión en la que deposita su fe y practica, tiene derecho a presentar una demanda contra su empleador por violar las leyes que protegen su libertad religiosa.
El tema de la religión es algo que puede llenar volúmenes tras volúmenes de libros de texto filosóficos – ¡y de hecho lo hacen! La religión, e incluso la falta de religión, es personal e impregna casi todos los aspectos de nuestras vidas. El sector laboral es una de esas facetas que se ve afectada por la religión. No hace mucho que los empleadores podían discriminar a sus empleados por el color de su piel, su sexo, su país de origen e incluso su religión. Si no seguías la misma religión que tu empleador, o si tu religión era extraña para ellos, tenían el derecho legal de disciplinarte. Gracias al Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, los empleadores ya no pueden discriminar a los empleados por su religión. Esto significa que los empleadores no sólo pueden tratar a otros de manera diferente o desfavorable debido a su religión, sino que también pueden no favorecer a los empleados/solicitantes debido a su religión.
El Grupo de Abogados de Derecho Laboral de California está aquí para garantizar que su empleador reciba el castigo correcto por violar la ley. Si cree que su empleador lo ha discriminado por su religión, tiene derecho a presentar una demanda por discriminación religiosa y demandar a su empleador. Para demandar con éxito a su empleador y cobrar todos los daños y perjuicios a los que tiene derecho, necesita un abogado laboral con experiencia a su lado para brindarle asesoramiento y representación legal. Las complejidades de la legislación laboral pueden ser increíblemente complejas y los abogados laborales con experiencia pueden ayudarlo a comprender todos sus derechos y el procedimiento adecuado para presentar una demanda contra su empleador.
¿Qué se considera una religión?
Los empleados y solicitantes están protegidos por el Título VII en lo que respecta a la discriminación. Los empleadores no pueden discriminar a sus empleados por su religión o por su falta de religión. No es necesario que el empleado o solicitante pertenezca a una religión importante para que sus creencias estén protegidas; la religión puede ser una que esté fuera de la corriente principal. Para ser protegidas, sus creencias deben ser de naturaleza religiosa y mantenidas con sinceridad.
De naturaleza religiosa: la creencia que tiene un empleado se considera "religiosa" si esas creencias son significativas, se refieren a "ideas fundamentales" como la vida, la muerte y el propósito, y un sentido de un "poder superior".
Creencias sinceras: hay religiones que requieren que sus seguidores oren en determinados momentos del día. Un empleador debe adaptarse razonablemente a las creencias de ese empleado, a menos que hacerlo cause una dificultad excesiva.
¿Puede mi empleador discriminarme por mi religión?
Según la ley federal, Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, es ilegal que los empleadores discriminen de cualquier manera a sus empleados por características como raza, sexo, país de origen, discapacidad y religión. Esta ley se aplica a todo el proceso de empleo, desde los solicitantes que buscan trabajo hasta los veteranos que han ocupado su puesto durante más de diez años. La discriminación se define como un comportamiento que conduce a un trato desigual; un empleador no puede tratar a alguien de manera diferente o desfavorable simplemente por su religión. Los empleados que carecen de religión también están protegidos por la ley si sus empleadores consideran que su falta de fe es perturbadora.
La ley también exige que los empleadores proporcionen ajustes razonables a sus empleados, a menos que hacerlo les cause una dificultad excesiva.
¿Qué derechos tengo a una adaptación razonable?
Si los empleados tienen creencias religiosas sinceras que entran en conflicto con una regla o requisito laboral, la ley dicta que los empleadores deben adaptarse a las creencias de ese empleado o trabajar con el empleado para encontrar una manera de solucionar el conflicto.
La mayoría de las prácticas laborales (incluidos los días festivos) en Estados Unidos fueron escritas y adoptadas por hombres cristianos blancos, por lo que un empleador justo no tendrá problemas para adaptar el lugar de trabajo a su empleado cuyos antecedentes difieren del suyo. Las posibles adaptaciones para empleados religiosos pueden incluir lo siguiente:
- Cambios en el horario: Es posible que los empleados necesiten tiempo libre por días festivos religiosos, descansos durante el día para orar o un horario que les permita tomarse un día sabático.
- Cambios en los deberes: Si sus deberes laborales entran en conflicto con sus creencias religiosas, es posible que los empleadores deban modificar sus deberes laborales siempre que pueda realizar las funciones laborales esenciales de su trabajo.
- Excepciones al código de vestimenta: Algunas oficinas tienen una política estricta que requiere que sus empleados cumplan con una política con respecto a la vestimenta o el arreglo personal. Si las creencias religiosas de un empleado contradicen el código de vestimenta/arreglo, el empleador debe adaptar el código al empleado. Por ejemplo, si un empleador exige que sus empleados estén bien afeitados, pero afeitarse completamente va en contra de la religión del empleado, es posible que el empleador tenga que hacer una excepción a esta regla para ese empleado.
- Instalaciones de la empresa: Si un empleado necesita un espacio privado para la oración, es posible que se le solicite al empleador que se lo proporcione.
Los empleadores deben proporcionar estas adaptaciones a menos que creen una dificultad excesiva. Si bien las dificultades excesivas normalmente se asocian con el dinero, también pueden referirse al entorno que crea en el trabajo. Esto crea una situación complicada en el trabajo, ya que lo que algunos pueden considerar derechos religiosos, otros pueden verlo como discriminación o acoso.
Cómo presentar una demanda
Para presentar una demanda contra su empleador, primero debe presentar un cargo contra una agencia gubernamental de empleo. La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) es la agencia federal y el Departamento de Vivienda y Empleo Justo (DFEH) es la agencia estatal. Dado que tanto las leyes estatales como las federales prohíben la discriminación religiosa, ambas agencias están disponibles para usted. Tienen un acuerdo de trabajo compartido, lo que significa que cuando presenta su reclamo ante una agencia, se crea una copia idéntica y se envía a la otra agencia. Este proceso de duplicación se conoce como presentación dual y sirve para evitar cargos dobles y, lo que es más importante, para proteger completamente sus derechos según las leyes estatales y federales.
Debido a que ambas agencias trabajan juntas cuando se trata de discriminación religiosa, usted tiene 300 días a partir del día en que recibió la discriminación para presentar su denuncia. Después de que la agencia lleve a cabo su investigación, usted puede solicitar una carta de “derecho a demandar” que le permite legalmente presentar el cargo contra su empleador. Le recomendamos que solicite esta carta solo una vez que usted y su abogado, porque solo tiene 90 días para tomar medidas una vez que reciba esta carta.
El Grupo de Abogados de Empleo en Derecho Laboral de California está aquí para garantizar que se haga justicia. Si su empleador lo discriminó por su religión, tiene derecho a recibir los daños que sufrió debido a esta acción. Ofrecemos consulta gratuita y garantía de tarifa cero, ¡así que no hay ninguna obligación financiera de su parte! Llámenos hoy para ver qué podemos hacer por usted.