¿Me pueden despedir por tener VIH?
Nuestros abogados se ocupan de un gran número de casos. que implique discriminación en el lugar de trabajo debido al estado serológico respecto del VIH de una persona. Creemos tal discriminación es inaceptable y nuestro bufete de abogados tomará todas las medidas necesarias para garantizar que las víctimas de tal injusticia reciban la compensación que merecen.
El virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) es un patógeno que ataca el sistema inmunológico de una persona y la hace susceptible a otras enfermedades que un sistema inmunológico que de otro modo estaría sano podría defenderse fácilmente.
En el Grupo de Abogados de Empleo de DERECHO Laboral de California, ayudamos a las personas que creen que sus derechos fueron violados por su empleador. Nos hacen muchas preguntas sobre los derechos de una persona VIH-positiva en el lugar de trabajo y lo que otros pueden/no pueden hacer/decirles. Ejemplos de tales preguntas incluyen:
- ¿Me pueden despedir por tener VIH?
- Un empleador no me contrató debido a mi estado serológico respecto del VIH. ¿Puedo demandar a mi empleador?
- ¿Puedo ser discriminado por tener VIH o SIDA?
- Mi jefe me despidió por tener VIH/SIDA. ¿Cuáles son mis derechos? ¿Necesito un abogado para demandar a mi jefe?
- ¿Puede mi empleador despedirme por tener VIH?
- ¿Cuáles son las leyes relativas a la discriminación en el lugar de trabajo por VIH y SIDA?
- Me enfrento a la discriminación en el trabajo. Mi empleador me discrimina por tener SIDA. ¿Puedo demandar a mi empleador?
- Un empleador me preguntó sobre mi estado de VIH/SIDA en la entrevista de trabajo. ¿Se les permite hacer eso?
¿Puede mi empleador rescindir mi empleo si tengo VIH?
Despedir a empleados que tengan o hayan contraído VIH es ilegal. Excepto en unos pocos casos raros, su empleador no puede despedir su empleo por ser VIH positivo o incluso preguntarle si ha contraído el virus del VIH durante el tiempo de su entrevista.
El hecho de que una persona tenga o no el virus del VIH no debería tener ningún efecto sobre lo que puede o no hacer en el trabajo. Que una persona pueda trabajar o no depende de sus calificaciones, talentos y su lealtad al trabajo.
Existen leyes que están destinadas a proteger a los empleados de delitos basados en discriminación. La ley más importante que protege a los empleados con VIH es la Acta de Americanos con Discapacidades (ADA), lo que hace que sea ilegal discriminar a las personas que se consideran "discapacitadas" según la definición de la ADA. Según la ADA, una discapacidad es cualquier “deterioro físico o mental que limita sustancialmente una o más actividades importantes de la vida, una persona que tiene antecedentes o antecedentes de dicho impedimento, o una persona que otros perciben que tiene dicho impedimento”. La ADA prohíbe a los empleadores discriminar a un empleado discapacitado o que parezca estar discapacitado en lugares de trabajo de 15 o más trabajadores. En 2008, el Congreso enmendó la ADA para incluir a las personas con VIH, de modo que las personas VIH positivas estén cubiertas y protegidas por esta ley.
Algunos trabajadores con VIH pueden necesitar algún arreglo especial para continuar con sus tareas laborales. Los empleadores que tienen empleados discapacitados bajo su techo exigen adaptaciones razonables. Las adaptaciones razonables incluyen cosas tales como modificar los horarios de trabajo, hacer que la oficina sea más móvil; cualquier cosa que facilite la vida laboral del empleado y le permita realizar las “funciones esenciales” del trabajo sin causar demasiado estrés a la empresa.
Funciones esenciales: Cuando se refiere a las funciones esenciales de un trabajo, la ley se refiere a los deberes centrales de ese trabajo; esencialmente, por qué existe el trabajo en primer lugar. Por ejemplo, los deberes principales, las funciones esenciales, de un escritor pueden ser escribir más de 8 horas todos los días. Los empleadores no pueden negarse a contratar o despedir a una persona con VIH si es capaz de realizar las funciones esenciales de ese trabajo. Esto asegura que la persona con VIH no sea discriminada y le brinda igualdad de oportunidades.
¿Cómo protegen las leyes a los empleados afectados por el VIH?
La ADA prohíbe la discriminación contra los empleados que están protegidos según su definición de discapacidad. Hay dos estatutos en la ADA que juegan un papel importante en la protección de las personas con VIH.
Acomodación razonable:
Esta es una salvaguardia federal en la ADA que otorga a las personas afectadas por el virus del VIH el derecho a ajustes razonables. Esto puede incluir cosas tales como modificar las tareas laborales no esenciales, horarios flexibles u otros ajustes para que el empleado pueda reanudar su trabajo.
¿Qué se considera “razonable”? Todo esto depende de la condición del empleado y del tamaño del empleador. Es posible que el empleador no tenga los recursos disponibles para brindar estas adaptaciones y, en ese caso, no está obligado a brindarlas.
Confidencialidad en el lugar de trabajo:
Según la ADA, un empleado no tiene que revelar su discapacidad a menos que comience a afectar su desempeño en el trabajo. Los empleadores no pueden seleccionar a ningún empleador y someterlo a una prueba de VIH a menos que esa prueba sea requerida y haya sido realizada por otros empleados en el pasado para ese puesto. Un empleador no puede preguntar a un empleado si tiene VIH a menos que haya obtenido objetiva y empíricamente evidencia que demuestre que el empleado muestra signos de angustia. Dependiendo de la naturaleza de su trabajo, es posible que su empleador esté obligado legalmente a mantener la confidencialidad de su enfermedad. Siempre es una buena idea decirle a tu jefe que te gustaría mantener la naturaleza de tu conversación en privado.
Sólo se debe considerar el estado de salud actual del empleado al juzgar su empleo. Un empleador no puede asumir ni temer que el empleado se enferme y despedirlo para conseguir un empleado sano. Las preocupaciones de un empleador sobre el costo que costarán las adaptaciones razonables no pueden influir en su decisión sobre si contratar o despedir a alguien.
Un empleador puede despedir a un empleado infectado por el VIH si puede establecer, a través de evidencia científica actual, que existe un riesgo significativo para la salud y seguridad de otros empleados. Sin embargo, cabe señalar que existen muy pocos entornos laborales que hagan que el VIH de una persona suponga un riesgo para la salud y la seguridad de los demás.
¿Puede un empleador cambiar mi puesto debido al VIH?
Todavía existe mucha ignorancia en lo que respecta a la transmisión del virus VIH. Su empleador no puede cambiar su puesto, o despedirte de la posición, simplemente porque tienen miedo de las personas que han contraído el virus del VIH. Tampoco pueden cambiar de trabajo si creen que otros compañeros de trabajo o clientes tendrán miedo de alguien que sea VIH positivo. La única forma en que un empleador puede cambiar legalmente su trabajo es si su trabajo puede poner en riesgo su salud y seguridad y si existe una alta probabilidad de que infecte a otras personas. No hay muchos trabajos que tengan un alto riesgo, pero existen.
¿Cómo presento un cargo contra mi empleador si violó mis derechos?
Presentar un cargo contra su antiguo empleador puede ser estresante, por lo que es importante que considere todos los hechos y haga las preguntas difíciles antes de proceder legalmente con cualquier queja que pueda presentar contra ellos, y también se recomienda que contrate a un abogado. Aquí hay algunos pasos que quizás desee considerar si cree que ha sido discriminado por ser VIH positivo y desea presentar un reclamo contra su antiguo empleador.
Obtenga asesoramiento legal
– Obtener asesoramiento legal de abogados calificados ayudará a acelerar el proceso, ya que conocen bien el derecho laboral y pueden ayudarlo a representarlo en todos los asuntos relacionados con su caso si contrata sus servicios. Nuestros abogados de Los Ángeles pueden ayudar a personas de todo California. Si estás en Los Ángeles o fuera de Los Ángeles, puedes llamanos para una consulta gratuita.
Documentar la discriminación
– Si cree que ha sido discriminado por ser VIH positivo, intente documentar las pruebas contra su empleador y haga una lista de posibles testigos que hayan presenciado la discriminación. La evidencia puede incluir correos electrónicos, fotografías u otra evidencia física que demuestre discriminación.
En sus notas, incluya la cronología de los eventos que condujeron al despido ilegal y cualquier problema que haya enfrentado en el trabajo. En el diario, es una buena idea tener una copia de su manual de empleado y otros documentos que la política anterior de su empresa le permita tener. Si puede, obtenga su expediente personal: algunos estados exigen que su empleador divulgue estos registros cuando usted lo solicite, mientras que otros pueden exigir que exista una citación para poder entregar los documentos legalmente. La evidencia que recopile debe demostrar que era más probable que su empleador lo discriminara por ser VIH positivo. Los tribunales pueden deducir esto si su empleador se desvió de la práctica normal en lo que respecta a su despido.
Las formas comunes de discriminación que sufren los empleados que son VIH positivos son las siguientes:
- Contratación y Promoción: Los empleadores están obligados legalmente a contratar a las personas que mejor se adapten al trabajo basándose únicamente en sus calificaciones, no en características personales. Las personas con VIH a menudo son vistas como una amenaza para la seguridad en el lugar de trabajo y pueden ser discriminadas.
- Ambiente de trabajo hostil: Debido a que la percepción del VIH es tan negativa, aquellos que son VIH positivos pueden experimentar hostilidad en el lugar de trabajo por parte de quienes están en el lugar de trabajo. Los insultos y, en general, el trato negativo son contrarios a la ley.
- Despido injustificado: Si un empleador se entera de la condición de un empleado, no puede actuar únicamente basándose en ese hecho. El empleador debe hacer adaptaciones razonables para ayudar al empleado, no despedirlo.
- Acoso sexual: El acoso sexual no permite insinuaciones sexuales en el lugar de trabajo, pero también prohíbe gestos sexualmente explícitos, bromas sexistas, imágenes pornográficas y connotaciones sexuales.
- Iniciar acciones legales – Antes de demandar a su empleador, primero debe presentar un cargo ante una agencia del gobierno estatal o federal. La agencia federal que supervisa el trato ético de los empleados por parte de un empleador es la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Cada estado tiene su propia variación de agencia gubernamental de empleadores y empleados a la que la EEOC se refiere como Agencias de Prácticas Justas de Empleo (FEPA). En el estado de California, esto se llama Departamento de Vivienda y Empleo Justo de California (DFEH). La EEOC y la FEPA tienen un acuerdo de trabajo compartido en el que cuando usted presenta un cargo ante una agencia, se envía inmediatamente una copia a la otra para evitar duplicaciones innecesarias de cargos por discriminación.
Si planea presentar su cargo ante la EEOC, debe presentar su reclamo dentro de los 180 días calendario posteriores al incidente. Si la FEPA de su estado prohíbe la discriminación por el mismo motivo, el plazo se extiende de 180 días a 300 días.
Los abogados expertos de Grupo de Abogados de Empleo en Derecho Laboral de California Estamos listos para evaluar su reclamo y brindarle la información que necesita para comprender mejor los plazos aplicables a su reclamo, no lo dude. contactar nuestra firma hoy.
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Garantía de tarifa cero y revisión gratuita de su caso
La garantía de tarifa cero es nuestra promesa a nuestros clientes que establece que estamos aquí para proteger sus derechos. A diferencia de muchas firmas de abogados, no le cobraremos a menos que ganemos el caso. Si ganamos el caso, solo cobraremos una pequeña tarifa sobre el monto cobrado. Esto aleja y elimina el riesgo financiero de usted y nos lo impone todo a nosotros. Póngase en contacto con nosotros hoy para una revisión gratuita de su caso.