Abogado presentará una demanda contra un empleador por discriminación religiosa

Es ilegal que los empleadores discriminen a los empleados por su religión. Si cree que su empleador lo ha discriminado por su religión, tiene derecho a demandar a su empleador. El Grupo de Abogados Laborales de California está aquí para garantizar que usted obtenga la compensación que merece por las acciones ilegales de su empleador.

La religión es el centro de gran parte del discurso político y filosófico hoy en día y lo ha sido durante miles de años. La ley es muy clara en cuanto a religión, y es que los empleadores no pueden discriminar a un empleado simplemente por su religión. El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 protege contra la discriminación de los empleadores contra sus empleados. Antes de esta ley, los empleadores podían despedir a sus empleados simplemente por su religión. Si practica algo que era diferente o extraño para su empleador, fácilmente podría ser despedido o tratado de manera diferente. El Título VII considera el acoso como una forma de discriminación, por lo que los empleados no pueden ser acosados por su religión. Los empleados que enfrentan acoso por parte de otros empleados, clientes u otros terceros tienen derecho a presentar un reclamo contra su empleador.

El Grupo de Abogados de Empleo en Derecho Laboral de California es su abogado especializado en discriminación religiosa en Los Ángeles y está aquí para garantizar que se haga justicia. Si su empleador lo discriminó solo por su religión, tiene derecho a presentar una demanda y cobrar las diversas compensaciones disponibles para usted. Nuestros abogados no se detendrán hasta que usted tenga la cantidad máxima de compensación disponible porque nuestra misión es garantizar que los empleadores paguen por sus crímenes contra sus empleados honestos y trabajadores. Llame al Grupo de Abogados de Derecho Laboral de California para recibir la indemnización a la que tiene derecho. Esto es lo que necesita saber sobre sus derechos a la libertad religiosa y las medidas que debe tomar si su empleador ha violado esos derechos y lo ha castigado ilegalmente.

¿Qué es la discriminación racial?


Un empleador no puede discriminar a sus empleados debido a las creencias sinceras de una persona. Como se indicó anteriormente, los tribunales consideran el acoso como una forma de discriminación, por lo que no se permite que un empleado sea acosado por su religión. La discriminación religiosa es única entre las clases protegidas en todo el Título VII en el sentido de que los empleadores deben adaptarse a la religión de un empleado.

Un empleador no puede tomar decisiones relacionadas con el trabajo basándose en la religión de un empleado. Esto se aplica a todas las facetas del proceso de empleo, desde la entrevista hasta la contratación, los ascensos, los beneficiarios de los beneficios y el despido. Por ejemplo, un empleador no puede negarse a contratar a un empleado musulmán simplemente porque sigue el Islam.

Los empleados sin religión también están protegidos de las consecuencias del ateísmo. Por ejemplo, un empleador no puede degradar a un empleado simplemente por falta de fe de ese empleado. Un empleador mormón no puede contratar únicamente a otros mormones.

Cuando se trata de acoso, un empleador no puede hacer comentarios inapropiados sobre la religión de sus empleados. Corresponde al empleador hacer del lugar de trabajo un espacio seguro para todos los empleados.

¿Qué religiones están protegidas bajo el Título VII?


No se permite que los empleados y solicitantes sean discriminados debido a sus creencias/prácticas religiosas o cualquier falta de religión. Un empleado no necesita pertenecer a ninguna religión importante para recibir las protecciones que ofrece el Título VII. De hecho, están protegidos ya sea que la religión sea tradicional, fuera de la corriente principal o si las creencias parecen contradecir la religión que dicen seguir. Para ser protegidas, sus creencias deben ser de naturaleza religiosa y mantenerse sinceramente.

Creencias religiosas: para que una creencia se considere "religiosa", debe tener significado y debe referirse a "ideas fundamentales". Ideas que tienen mucho que ver con la vida, la muerte, el propósito y generalmente incluyen un “poder superior” a través del cual se pueden encontrar respuestas a la vida, la muerte y el propósito. Que una práctica sea religiosa depende del motivo de esa práctica. Por ejemplo, una empleada puede usar algo en la cabeza, como un hiyab, porque su religión lo requiere como forma de modestia, mientras que otra empleada solo puede usar algo en la cabeza como una declaración de moda. La primera es religiosa y por tanto una actividad protegida; este último no es religioso.

Creencias sinceras: un empleador debe adaptarse a la práctica religiosa de un empleado si la sostiene y cree sinceramente. La práctica debe tener algo que ver con la religión que se sigue y cada caso es diferente. Por ejemplo, algunos empleadores pueden exigir que sus empleados estén bien afeitados. Un empleado puede afirmar que no puede afeitarse debido a su religión cuando en realidad es porque no quiere afeitarse. Si un empleador debe o no adaptarse a la religión de sus empleados depende de los hechos de cada escenario. Definitivamente hay algunas religiones que no permiten que sus seguidores se afeiten y por eso el empleador debe mirar los hechos objetivamente.

Presentar una demanda contra su empleador por discriminación religiosa


Si cree que su empleador lo ha discriminado por su religión, tiene derecho a presentar una demanda contra sus acciones ilegales. Pero antes de que puedas presentar una demanda en su escritorio en nombre de tu dios, primero debes presentar un cargo ante una agencia gubernamental de empleo. Hay dos agencias que están disponibles para usted: la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) y el Departamento de Empleo y Vivienda Justos (DFEH); estas dos entidades son la agencia federal y la agencia estatal, respectivamente.

Tanto la ley estatal como la federal prohíben que los gerentes discriminen la religión de alguien, lo que significa que ambas agencias protegerán sus derechos. Dado que ambas agencias tienen leyes que protegen la religión, puede presentar una solicitud ante cualquiera de ellas. Ambas agencias tienen algo llamado "acuerdo de trabajo compartido". Entonces, cuando presenta un cargo ante una, se envía una copia idéntica a la otra agencia. Este proceso de duplicación se denomina “presentación dual” y sirve para proteger sus derechos según las leyes estatales y federales. Normalmente, según la EEOC, sólo tiene 180 días para presentar su cargo contra su empleador. Pero debido a que la discriminación religiosa es ilegal según las leyes federales y estatales, la fecha límite para presentar su denuncia ante el DFEH es de 300 días calendario. Los 300 días comienzan a partir del día en que recibió la discriminación; si la discriminación continúa, entonces tiene 300 días a partir del día en que recibió la discriminación por última vez. Los fines de semana y feriados cuentan contra el tiempo que tiene, pero si la fecha límite cae en fin de semana o feriado, la fecha límite se traslada al siguiente día hábil. Te recomendamos no esperar al último día ya que podrían faltar algunos trámites importantes. Una vez que pase el plazo de prescripción, su demanda quedará nula. Es importante que actúes rápidamente; Un abogado laboral calificado lo guiará en cada paso del camino.

Después de presentar su cargo contra su empleador, la agencia gubernamental revisará su reclamo. Si concluyen que lo más probable es que su empleador haya tomado medidas contra usted debido a su religión, puede llevar a su empleador a los tribunales. Puede solicitar una carta de “derecho a demandar” que le dé luz verde legal para demandar a su empleador. Le recomendamos encarecidamente que solicite esta carta únicamente una vez que usted y su abogado estén listos para acudir a la corte, ya que sólo tiene 90 días para presentar la demanda contra su empleador.

El Grupo de Abogados de Empleo de Derecho Laboral de California son sus abogados de discriminación religiosa en el lugar de trabajo en Los Ángeles y están aquí para garantizar que se haga justicia. Si cree que su empleador ha infringido su derecho debido a la religión que practica, tiene derecho a presentar una demanda por discriminación religiosa en el lugar de trabajo contra él. Ofrecemos consulta gratuita, lo que le brinda la posibilidad de sentarse con uno de nuestros abogados y explicarle su caso: por qué cree que su derecho a seguir cualquier religión fue la razón por la que su empleador actuó en su contra. Nuestro abogado le dará sus ideas iniciales sobre su caso. No existe ninguna obligación económica, por lo que puede optar por contratarnos como su representación legal o no. Al aceptar su caso, no pagará costos iniciales: esa es nuestra garantía de tarifa cero. Si no podemos probar su caso, no pagará por nuestros servicios. ¡No hay ningún riesgo financiero de tu parte! Llame hoy al Grupo de Abogados de Derecho Laboral de California para ver qué podemos hacer por usted.

Revisión del cliente

“Este puede ser un mundo feo y es agradable saber que abogados como Daniel ayudan a las personas a corregir un error cuando han sufrido a manos de su empleador. Daniel es uno de los buenos que existen y recomiendo encarecidamente sus habilidades como abogado laboralista”.

Stubbs de Hoagland
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