
Darren McBratney, Lic.

Sarah Wilson, Lic.

Daniel Azizi, Esq.

Amy Gómez

Farid Yaghoubtil, Esq.

Salar Hendizadeh, Esq.

Igor Fradkin, Esq.

Christoffer Gaddini, Esq.

Darren McBratney, Lic.

Sarah Wilson, Lic.

Daniel Azizi, Esq.

Amy Gómez

Farid Yaghoubtil, Esq.

Salar Hendizadeh, Esq.

Igor Fradkin, Esq.

Chris Gaddini, Esq.
El estado de California brinda a las mujeres embarazadas más protecciones bajo la ley que las leyes federales vigentes. La Ley de Vivienda y Empleo Justo de California (FEHA), al igual que la PDA, protege a las mujeres de la discriminación, que incluye la discriminación contra el embarazo, el parto y otras afecciones médicas relacionadas que surgen de ese embarazo. La FEHA es diferente de la PDA, la FEHA se aplica a todos los empleadores que tienen solo cinco o más empleados bajo su supervisión.
Según la Ley de Licencia Médica y Familiar (FMLA), las empleadas embarazadas pueden tener derecho a una licencia especial por embarazo por cualquier condición médica que surja de su embarazo, parto u otros problemas relacionados que surjan de su embarazo. Si el empleador tiene al menos 50 empleados, ese empleador debe cumplir con las regulaciones de la FMLA y otorgar a sus empleados hasta doce (12) semanas de tiempo libre no remunerado para atender sus necesidades médicas. En el caso de las mujeres embarazadas, estas necesidades médicas son todo lo relacionado con su embarazo.
En el estado de California, los empleados pueden calificar para un programa de seguro de incapacidad temporal que les otorga fondos tanto para incapacidad como para licencia familiar. Esto puede ser muy útil para los empleados porque, según esta política, un empleado que temporalmente no puede trabajar puede obtener hasta dos tercios de su salario a través de este programa mientras se toma su licencia y atiende su discapacidad. Después del parto, la empleada puede seguir recibiendo una parte de su salario según el programa de licencia familiar remunerada del estado.
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